Argentina y el PCT: datos centrales del debate sobre patentes y propiedad intelectual
La adhesión de la Argentina al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
forma parte del debate legislativo sobre propiedad intelectual. El PCT es un tratado
administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que
permite presentar una solicitud internacional de patente con efecto en los países
adheridos, sin sustituir el examen ni la decisión de cada oficina nacional.
De acuerdo con la información difundida en el marco del debate público, el sistema
reúne a 158 países. La Argentina no integra actualmente el PCT y es señalada como
el único miembro pleno del G20 que permanece fuera de ese instrumento. En América
Latina, también figuran fuera del sistema Bolivia, Paraguay y Venezuela.
El mecanismo no establece una patente mundial ni implica la aprobación automática
de solicitudes extranjeras. Su alcance es procedimental: centraliza la presentación
inicial y permite que el solicitante defina, dentro de los plazos previstos, en qué
jurisdicciones continuará el trámite. En el esquema PCT, ese plazo puede extenderse
hasta 30 meses, frente a los 12 meses previstos por el régimen tradicional de
prioridad.
En caso de adhesión, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) conservaría
la facultad de analizar cada solicitud conforme a la legislación argentina. La concesión
o el rechazo de una patente seguiría dependiendo del cumplimiento de los requisitos
legales aplicables, entre ellos novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
El debate se vincula con sectores que utilizan herramientas de propiedad intelectual
para proteger desarrollos tecnológicos, entre ellos biotecnología agropecuaria,
semillas mejoradas, investigación farmacéutica y economía del conocimiento. En el
agro, la aparición de semillas mejoradas, eventos biotecnológicos y plataformas
digitales aplicadas al manejo de los lotes requiere procesos de validación científica,
ensayos a campo abierto, inversiones de riesgo y plazos de maduración extendidos.
En ese marco, las solicitudes de patente se relacionan con la protección de esos
desarrollos y con su eventual transferencia de tecnología.
En junio de 2026, el INPI dictó la Resolución 197/2026, mediante la cual derogó la
Resolución 283/2015 y actualizó las directrices de patentamiento aplicables a
invenciones biotecnológicas. La norma dejó sin efecto criterios incorporados en 2015 y
restableció pautas de examen vinculadas con las directrices anteriores.
El expediente de adhesión al PCT fue aprobado por el Senado en 1998 y quedó
pendiente de tratamiento en la Cámara de Diputados. En 2026, comisiones de
Diputados emitieron dictamen favorable con una reserva sobre el Capítulo II del
tratado, referido al examen preliminar internacional opcional. De aprobarse con
modificaciones, el proyecto debería volver al Senado.